Miércoles, abril 3, 2024

Gobierno presenta proyecto de ley que crea el Fondo Transitorio para la Reconstrucción

  • El Fondo ascenderá hasta a $800 mil millones por un período de tres años. Dota de flexibilidad la asignación de los recursos frente a una emergencia como la ocurrida en febrero en la Región de Valparaíso y a la vez asegura que su implementación sea transitoria.
  • El ministro de Hacienda, Mario Marcel, indicó que “al mismo tiempo que requerimos asegurar el financiamiento correspondiente, tenemos que asegurar los mecanismos para que el uso de los recursos responda con la agilidad necesaria”.
  • La ministra de Desarrollo Social y Familia y encargada de la reconstrucción, Javiera Toro, sostuvo que "tenemos un plan de reconstrucción que es integral, con medidas que requieren un financiamiento importante y son tareas no solo del Gobierno, sino que son de Estado y se requieren para ello más recursos”.
     

Con el objetivo de establecer un marco institucional para organizar la reconstrucción tras la tragedia provocada por los incendios que afectaron a las comunas de Viña del Mar, Valparaíso, Quilpué y Villa Alemana, en la Región de Valparaíso, el Gobierno –coordinado por la Dirección de Presupuestos y el Ministerio de Hacienda- presentó hoy un proyecto de ley que crea el Fondo Transitorio para la Reconstrucción por un monto de $800 mil millones para un período de tres años. La iniciativa fue calificada con suma urgencia.

A través de esta modalidad, se pretende estructurar de manera más efectiva y eficiente los esfuerzos públicos y privados para la reconstrucción tras el devastador evento que cobró la vida de 135 personas, destruyó más de 6.000 viviendas y afectó cientos de empresas, según el reporte del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred), posicionándose como la tragedia más grande que ha vivido Chile desde el terremoto del 27 de febrero de 2010. 

El Fondo permitirá reponer y construir viviendas, así como invertir para habilitar, equipar, urbanizar y arborizar espacios públicos. Además, dota de flexibilidad la asignación de los recursos frente a una emergencia que requiere dichas características y, a su vez, asegura que su implementación sea transitoria, pues se extinguirá el 31 de diciembre de 2026 o antes, si se agotaran los recursos. 

La ministra de Desarrollo Social y Familia y encargada de la reconstrucción, Javiera Toro, sostuvo que "tenemos un plan de reconstrucción que es integral, con medidas que requieren un financiamiento importante y son tareas que no son solo del Gobierno, sino que son de Estado y se requieren para ello más recursos. No podemos dejar sin atención al resto de las regiones del país, a otros programas sociales, al Plan de Emergencia Habitacional, sino que tenemos que darle certeza a las familias afectadas de que van a llegar las respuestas con el plan de reconstrucción y también al resto del país. Por eso, sabiendo que estos son objetivos transversales que le preocupan a todas las personas y a todos los sectores políticos, esperamos el apoyo en el Congreso para que esta ley se tramite para contar con los recursos necesarios, con la transparencia y urgencia que se requiere".

Por su parte, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, indicó que “como esta fue una catástrofe que cobró vidas, que destruyó viviendas y entornos, requiere una inversión muy significativa y al mismo tiempo que requerimos asegurar el financiamiento correspondiente, tenemos que asegurar los mecanismos para que el uso de los recursos responda con la agilidad necesaria. Por eso proponemos la creación de un Fondo Transitorio”. 

En tanto, la directora de Presupuestos, Javiera Martínez Fariña, destacó que “este Fondo propone fuentes de financiamiento temporales para financiar gastos temporales, por lo que es un nuevo reflejo del compromiso de esta administración con la responsabilidad fiscal. También garantiza transparencia en su gestión y fortalece la colaboración público-privada, necesaria para llevar a cabo una tarea tan relevante como la reconstrucción posterior a los incendios”.  

Por su parte, el ministro de Vivienda Carlos Montes manifestó: “Esta es una muy buena noticia para las familias afectadas y para el proceso de reconstrucción en la región de Valparaíso. Nos permitirá reponer y construir viviendas afectadas con la responsabilidad fiscal y la transparencia que se requiere, además de fortalecer la colaboración público-privada, que es tan fundamental en este proceso y así incorporar acciones para agilizar la ejecución de los proyectos”.

Cambios impositivos


El financiamiento del Fondo será vía aportes de activos del Tesoro Público, que se verán incrementados por medidas impositivas transitorias y reforzados por la colaboración de los privados. 

El proyecto de ley propone un Impuesto Sustitutivo de Impuestos Finales que permite adelantar el pago de impuestos con una tasa preferencial. Los contribuyentes podrán acogerse de manera voluntaria a este impuesto a las utilidades anotadas en el registro de rentas afectas a impuestos (RAI) a contar del 1 de enero del 2017, las que incluyen las utilidades acumuladas en el fondo de utilidades tributables (FUT) al 31 de diciembre de 2016. Podrán acogerse todos los contribuyentes tanto pertenecientes al régimen semi integrado como al régimen Pyme general de impuesto a la renta: los primeros tendrán una tasa de impuesto de 12% mientras que los segundos, de 30%.

“Como el FUT significa un impuesto sustitutivo que se paga al momento de retirar utilidades retenidas por las empresas durante ejercicios tributarios anteriores, se propone una tasa menor a la que pagarían si esperaran el momento de distribuirse. Por esta razón constituyen un incentivo que permite recaudar en el corto plazo el equivalente a alrededor de 0,1% del Producto, es decir, cerca de US$300 millones en los años 2024 y 2025”, explicó el ministro de Hacienda.

Los gastos con cargo al Fondo podrán ejecutarse a través de programas públicos contemplados en las Leyes de Presupuestos de los años 2024, 2025 y 2026 y/o en leyes específicas, e incluyen acciones ejecutadas a través de municipalidades y personas jurídicas sin fines de lucro. La administración de este nuevo Fondo corresponderá al Ministerio de Hacienda, e inspirado en mayor transparencia en el uso de los recursos, se explicitan en el proyecto de ley todas las iniciativas que se pueden financiar y se establecen a nivel legal acciones y deberes de información al Congreso.

El proyecto también perfecciona la Ley que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción estableciendo mecanismos de incentivo tributario a las donaciones en caso de catástrofe, y estableciendo que las obras podrán ser ejecutadas por organismos públicos, por el donante o por entidades privadas sin fines de lucro que cuenten con experiencia comprobable y fehaciente en la materia de la obra a ejecutar. 
Además, propone cambios al Decreto Ley sobre Rentas Municipales, permitiendo a las municipalidades rebajar o excepcionalmente eximir del pago de derechos municipales a las subdivisiones de terrenos fiscales que se requieran para ejecutar los proyectos del Plan de Emergencia Habitacional. Se incluyen los proyectos destinados a la reposición y construcción de viviendas, equipamiento, proyectos de urbanización y otros relacionados con la reconstrucción de las zonas afectadas por los incendios que afectaron la región.
Las medidas impositivas transitorias antes señaladas permitirán recaudar en 2024 y 2025 cerca de 0,11% y 0,10% del PIB por año, respectivamente. 


 

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