Martes, agosto 19, 2025

Comisión de Seguridad de la Cámara aprobó medidas para combatir la operación ilegal de máquinas de azar en PDL de Inteligencia Económica

Los legisladores votaron favorablemente la definición legal de máquinas de azar; las indicaciones que habilitan a la Superintendencia de Casinos de Juegos para calificar máquinas como de azar a requerimiento de una municipalidad, de Aduanas y del Ministerio Público, lo que contribuirá a la persecución penal del juego ilegal. También ratificaron la disposición que limita la importación de máquinas de azar y sus componentes a personas naturales y jurídicas autorizadas para tal efecto y registradas en la Superintendencia.
Con los votos de la oposición se rechazaron las modificaciones al Código Penal que permitirían perseguir de manera efectiva el juego ilegal, entre ellos a los operadores de salas de juego clandestinas a lo largo del país.

En una nueva sesión de votación en particular del proyecto de ley que crea el Subsistema de Inteligencia Económica y establece medidas para la prevención y alerta de actividades relacionadas con el crimen organizado (Boletín 15975-25), la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó este martes por unanimidad disposiciones que permitirán combatir la operación masiva e ilegal de las máquinas de azar.

Los legisladores votaron favorablemente la definición legal de máquinas de azar como “aquellas que permitan recibir apuestas en dinero o avaluables en dinero y que concedan al usuario un tiempo de uso o de juego y que entregue resultados futuros, inciertos, y/o desconocidos para los usuarios, mediante los que se les entregue eventualmente un premio en dinero o avaluable en dinero”. Esta definición apunta a impedir sortear la calificación de azar por el solo hecho de incorporar elementos de destreza, siempre que la apuesta recaiga sobre hechos futuros y desconocidos. Además, se aprobó la incorporación de una presunción de que las máquinas que cumplan estas características son máquinas de azar.

Adicionalmente, aprobaron la indicación que habilita a la Superintendencia de Casinos de Juegos a calificar máquinas como de azar a requerimiento de una municipalidad o de Aduanas, lo que les permitirá contar con un informe técnico especializado sin tener que contratar peritajes para disputar el carácter “de destreza” de estas máquinas, como ocurre actualmente. Y como también podrán pedir el informe los fiscales del Ministerio Público, esta norma contribuirá a la persecución penal del juego ilegal.

Otro aspecto relevante es que se limita la importación de máquinas de azar y componentes destinados a ellas solo a personas naturales y jurídicas —ya sean sociedades operadoras de casinos o distribuidores— autorizadas para tal efecto y registradas en la Superintendencia de Casinos y Juegos. La importación realizada por otros configurará delito de contrabando y su mercadería será incautada por Aduanas y puesta a disposición de la fiscalía local que conozca de la denuncia o querella formulada por dicho servicio, por tal delito. Por tratarse de mercancías de importación prohibida podría perseguirse no solo al importador, sino también a todas las personas que, conociendo su origen o no pudiendo menos que conocerlo adquieran, reciban, porten, transporten o escondan estas mercancías, de acuerdo a la reformulación que el mismo proyecto de ley realiza respecto del delito de receptación aduanera.

Con los votos de la oposición se rechazaron las modificaciones al Código Penal que permitirían la tipificación del delito de juego ilegal para perseguirlo de manera efectiva entre otros a los operadores de salas de juego clandestinas a lo largo del país.

Otros avances

En la sesión anterior se aprobó la creación de la figura del “agente revelador” en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). De esta forma, el funcionario que no tenga interés en la materia y sea autorizado mediante resolución fundada y reservada, aprobada por al menos tres de los cinco comisionados, podrá realizar actividades propias de cualquier cliente financiero para verificar el cumplimiento de las regulaciones aplicables. Los informes que se levanten mediante gestiones realizadas bajo esta calidad podrán presentarse como prueba en el procedimiento sancionatorio de la CMF, manteniéndose la reserva de la identidad del funcionario.

La subsecretaria Heidi Berner explicó que “esta norma complementa otras propias del actuar de la CMF, relativas a inspeccionar por medio de sus empleados o empresas de auditoría interna a las personas o entidades fiscalizadas. Con la creación de este agente revelador la inspección será más eficiente, pero no tiene en ningún caso atribuciones para medidas intrusivas. Solo puede pedir lo que cualquier otro cliente. Todo su actuar se limita a las funciones actuales de la CMF”.

También se aprobó la incorporación del delito de contrabando de dinero, creado en 2024, al catálogo de la Ley de Delitos Económicos; así como cambios al Código Tributario en el sentido de restringir la autorización de documentos tributarios emitidos con finalidad fraudulenta y delitos por entrega de información falsa al Servicio de Impuestos Internos, entre otros.

 

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