Lunes, enero 12, 2026

Proyecto que crea Subsistema de Inteligencia Económica aumenta montos de las multas por infracciones que puede aplicar la UAF

La subsecretaria Berner destacó lo robustecido que saldrá este proyecto de la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara, donde también se aprobó el aumento de 5 personas en la dotación tanto de la UAF, como de Aduanas y el Servicio de Impuestos Internos. En estas dos últimas instituciones son exclusivamente para integrar las Unidades de Inteligencia Económica que perseguirán la ruta del dinero ilícito.

Un importante avance se logró este lunes en la votación en particular del proyecto de ley que crea el Sistema de Inteligencia Económica en la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputadas y Diputados, quedando pendientes solo las indicaciones relativas al levantamiento del secreto bancario en sede administrativa para la Unidad de Análisis Financiero (UAF), en tres causales.

La subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, destacó que “esta iniciativa legal está saliendo muy robustecida de la discusión en esta comisión”. A la sesión asistieron también el subsecretario de Seguridad, Rafael Collado; el director de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), Carlos Pavez, y la coordinadora Legislativa del Ministerio de Hacienda, Consuelo Fernández. 

Berner relevó entre los avances de esta sesión que en materia de las multas a los sujetos obligados que aplica la Unidad de Análisis Económico (UAF) “se reforzaron los criterios y los montos para mejorar su capacidad disuasiva y adecuarlas a los estándares internacionales, como los del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat) —organización intergubernamental regional que lucha contra el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva—. Las indicaciones aprobadas también subrayan los criterios de graduación de las multas, de acuerdo a la gravedad y reiteración de los hechos materia de la infracción cometida.

Las persona naturales o jurídicas que no cumplan con las obligaciones o deberes contenidos en esta ley, serán sancionadas por el director de la UAF tomando en consideración la capacidad económica del infractor, la gravedad y las consecuencias del hecho u omisión, y la conducta previa, siempre resguardando el principio de proporcionalidad.

Las sanciones por infracciones leves incluyen amonestación y multa a beneficio fiscal hasta por 3.000 UF; y para aplicar esta sanción la UAF deberá acreditar que el infractor tenía conocimiento de la instrucción incumplida. En el caso de sanciones por infracciones menos graves se estipula amonestación y multa a beneficio fiscal hasta por un monto equivalente a 10.000 UF; y para sanciones por infracciones graves, amonestación y multa a beneficio fiscal por un monto que no podrá exceder de 45.000 UF. Tratándose de infracciones reiteradas podrá aplicarse una multa de hasta tres veces el monto señalado y se entenderá que hay reiteración, cuando se cometan dos o más infracciones de la misma naturaleza entre las cuales no medie un período superior a doce meses.

También se aprobó el artículo primero transitorio que permite aumentar en 5 personas la dotación de la UAF, Aduanas y el Servicio de Impuestos Internos; en estas dos últimas instituciones exclusivamente para integrar las Unidades de Inteligencia Económica y perseguir la ruta del dinero, recursos que ya están provisionados en el Tesoro.

Asimismo se despacharon artículos de coherencia con los zanjados previamente, relativos al personal de la UAF, por ejemplo en lo que concierne a la prohibición de consumo de drogas y la aplicación de controles obligatorios. Y de procedimientos administrativos, como las notificaciones a los sujetos obligados de reportar de conformidad a lo establecido en la Ley de Transformación Digital, usando por ejemplo el correo electrónico.

 

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