Viernes, mayo 9, 2025

Subsecretaria de Hacienda expuso política de obligaciones y beneficios tributarios diseñados por el gobierno para combatir la informalidad

Heidi Berner abordó las exigencias introducidos en la Ley de Cumplimiento tributario y la propuesta de régimen impositivo para Pymes, que contiene la “Ruta del Emprendimiento” —que se enviará próximamente al Congreso—, en el seminario “Enfrentando el desafío de la informalidad en América Latina: una perspectiva desde la administración tributaria”, organizado por el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, el PNUD y el SII.

La subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, explicó las nuevas herramientas con las cuales el gobierno apunta a enfrentar la informalidad en la economía: la Ley de Cumplimiento Tributario (publicada en octubre de 2024) y la “Ruta del Emprendimiento”, que contiene el nuevo régimen de impuesto a la renta para las empresas de menor tamaño, que ingresará próximamente al Congreso, en el seminario “Enfrentando el desafío de la informalidad en América Latina: una perspectiva desde la administración tributaria”, organizado por el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Servicio de Impuestos Internos (SII).

“La Ley de Cumplimiento Tributario es el esfuerzo integral más importante de los últimos 24 años en pro de un sistema tributario más justo y equitativo, donde cada contribuyente pague los impuestos que le corresponden, cerrando espacios a ventajas ilícitas que perjudican al resto de los contribuyentes. Si bien su principal objetivo es incrementar, en régimen, los ingresos fiscales en 1,5% del PIB, unos US$ 4.500 millones, para financiar en parte la reforma de pensiones (1,2% PIB) y cubrir compromisos del Gobierno en mayor inversión en seguridad (0,3% PIB) —, uno de sus siete pilares es el combate a la informalidad”, detalló la autoridad. Los otros seis pilares son: modernización de la administración tributaria y los Tribunales Tributarios y Aduaneros; delitos tributarios; combate a la elusión; fortalecimiento de la Defensoría del Contribuyente; regularización de las deudas tributarias; y fortalecimiento institucional.

Las medidas para combatir la informalidad son:

  • Los proveedores de medios de pago electrónicos deberán exigir inicio de actividades a sus clientes, obligación que rige también a los operadores de plataformas de comercio digital respecto de sus usuarios.
  • Las instituciones financieras deberán exigir inicio de actividades a las empresas que soliciten préstamos y otras operaciones de crédito.
  • Se aplica la figura de la clausura de los establecimientos al comercio digital, medida que incluye la posibilidad de notificar a los operadores de plataformas digitales para que restrinjan la participación de contribuyentes incumplidores. La clausura se podrá reemplazar por el bloqueo en la emisión de documentos tributarios.
  • Los microempresarios podrán solicitar ayuda por una vez al SII para determinar su base imponible de IVA y el impuesto a pagar. Esto permitirá regular sus operaciones sin sanciones por parte del SII.
  • Se elimina la exención de IVA a la importación de bienes mediante plataformas. Los bienes por un valor de hasta US$500 estarán exentos de aranceles aduaneros (norma que entra en vigencia en octubre de este año).
  • El SII podrá solicitar el comiso de bienes cuanto detecte que estos estén siendo transportados sin cumplir con las obligaciones tributarias, sean falsos o su comercialización sea ilícita.
  • Nueva obligación a vendedores habituales de bienes usados de identificar sus proveedores a través de documentos tributarios, lo que busca poner trabas al comercio de bienes ilícitos.
  • El SII puede establecer la trazabilidad en bienes con mayor riesgo de informalidad, replicando la política de los cigarrillos.
  • Las operaciones de compra y venta de bienes superiores en efectivo por sobre 135 UF deben realizarse o respaldarse por medios de pago o documentos que permitan la individualización del pagador. Asimismo, se establece que el Ministerio de Hacienda —previo informe favorable del Banco Central— podrá establecer un límite inferior al antes señalado, que en todo caso no podrá ser inferior a 50 UF. Berner enfatizó que esta norma “no impide la circulación de efectivo, sólo impone requisitos de individualización al pagador”.

Incentivos para salir de la informalidad

La subsecretaria enfatizó que como complemento a la Ley de Cumplimiento Tributario el Ejecutivo está impulsando una modificación de las normas tributarias con foco a las pequeñas y medianas empresas, así como promoviendo la formalización de los negocios. “A este nuevo grupo de beneficios lo hemos denominado la Ruta del Emprendimiento, que implementará un nuevo régimen transparente que beneficiará a más del 90% de las pyme con acceso a contabilidad simplificada y flexibilidad para acceder al sistema financiero y podrán acceder al beneficio de la reinversión de utilidades, lo que permite diferir el impuesto de sus propietarios por una parte de las utilidades reinvertidas”, dijo la subsecretaria.

Además, se incorporan beneficios que fomentan la formalización de las empresas a través de la creación de un Monotributo para nuevos emprendimientos como régimen transitorio por los dos primeros años de funcionamiento de una empresa, que permite sustituir el pago del impuesto a la renta e IVA por el pago de una cuota fija. Además, parte de este monotributo se imputa a la seguridad social del socio.

Tras exponer la subsecretaria participó de un panel moderado por Juan Toro, director adjunto del Departamento de Asuntos Fiscales del Fondo Monetario Internacional (FMI), junto a Andrea Repetto, directora de la Escuela de Gobierno de la Universidad Católica de Chile; Santiago Díaz de Sarralde, director de Estudios e Investigaciones Tributarias del CIAT; y Almudena Fernández, economista jefe LAC del PNUD, quien intervino en forma telemática.

 

Comparte

Tamaño de letra

Otros accesos

Ministerio de
Hacienda
  • Dónde trabajamos
  • Teatinos 120, Santiago de Chile
  • Llámanos
  • +56 2 2828 2000

© 2020 Ministerio de Hacienda

English version